Rebelo de Sousa decidió publicar la ley después de que se aprobasen las alteraciones que respondieron “a varias de las objeciones suscitadas” por su veto.
Rebelo de Sousa decidió promulgar la ley después de que se aprobasen alteraciones que respondieron “a varias de las objeciones suscitadas” por su veto y de que el Parlamento se reafirmase en el resto del texto, según una nota publicada en la página oficial de Presidencia.
El presidente luso tiene poder de veto parcial sobre las leyes aprobadas en el Parlamento, lo que significa que, si la Cámara vuelve a aprobar una norma tras ser vetada, está obligado a promulgarla.
El Parlamento aprobó a principios de año una ley que permitía a una mujer ser inseminada con el material genético de su pareja fallecida, siempre que se realizase en un periodo de entre seis meses y tres años tras la muerte y se demostrase que la paternidad era un objetivo ya establecido por el difunto.
Sin embargo, Rebelo de Sousa vetó la norma y la devolvió a la Cámara al considerar que no daba “seguridad jurídica” al bebé que pudiera nacer en cuestiones de herencia.
El presidente pidió a los legisladores que revisasen el texto y corrigiesen “cuestiones en el plano del derecho sucesorio” que el decreto no incluía.
También solicitó que se exigiese que se establezca “por escrito” que hay “un proyecto parental” dentro de la pareja para proceder a esta inseminación cuando el donante ya ha fallecido.
La ley volvió a ser aprobada recientemente con modificaciones en ese sentido para incluir al bebé entre los herederos del fallecido y el establecimiento de que la herencia se mantendrá yacente durante un plazo de tres años tras su muerte, que será prorrogado en caso de que estén pendientes procesos de inseminación permitidos.
Hay un límite máximo de tres intentos de tratamientos de inseminación. En Europa, esta técnica de inseminación está prohibida en Suiza, Alemania, Italia o Francia, pero es legal en Inglaterra, Países Bajos o Grecia.
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Rebelo de Sousa decidió promulgar la ley después de que se aprobasen alteraciones que respondieron “a varias de las objeciones suscitadas” por su veto y de que el Parlamento se reafirmase en el resto del texto, según una nota publicada en la página oficial de Presidencia.
El presidente luso tiene poder de veto parcial sobre las leyes aprobadas en el Parlamento, lo que significa que, si la Cámara vuelve a aprobar una norma tras ser vetada, está obligado a promulgarla.
El Parlamento aprobó a principios de año una ley que permitía a una mujer ser inseminada con el material genético de su pareja fallecida, siempre que se realizase en un periodo de entre seis meses y tres años tras la muerte y se demostrase que la paternidad era un objetivo ya establecido por el difunto.
Sin embargo, Rebelo de Sousa vetó la norma y la devolvió a la Cámara al considerar que no daba “seguridad jurídica” al bebé que pudiera nacer en cuestiones de herencia.
El presidente pidió a los legisladores que revisasen el texto y corrigiesen “cuestiones en el plano del derecho sucesorio” que el decreto no incluía.
También solicitó que se exigiese que se establezca “por escrito” que hay “un proyecto parental” dentro de la pareja para proceder a esta inseminación cuando el donante ya ha fallecido.
La ley volvió a ser aprobada recientemente con modificaciones en ese sentido para incluir al bebé entre los herederos del fallecido y el establecimiento de que la herencia se mantendrá yacente durante un plazo de tres años tras su muerte, que será prorrogado en caso de que estén pendientes procesos de inseminación permitidos.
Hay un límite máximo de tres intentos de tratamientos de inseminación. En Europa, esta técnica de inseminación está prohibida en Suiza, Alemania, Italia o Francia, pero es legal en Inglaterra, Países Bajos o Grecia.
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